Nuevas medidas fiscales. Afectan al Impuesto sobre Sociedades y al IVA.

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1. Se eleva el porcentaje de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades para las grandes empresas.

El Real Decreto-Ley 9/2011 de 19 de agosto modifica el régimen legal del Impuesto sobre Sociedades para elevar el porcentaje de cálculo de los pagos fraccionados que deben realizar las grandes empresas que facturan más de veinte millones de euros, aunque de hecho dicha elevación es más notable en el caso de aquellas cuya cifra de negocios anual supera la cifra de sesenta millones de euros.

Las medidas afectan únicamente a las muy grandes empresas, con veinte o más millones de cifra de negocios.

En ningún caso se trata de incrementos impositivos, sino de cambios en la periodificación de los ingresos tributarios

A partir de la aprobación del Real Decreto Ley y para los pagos fraccionados pendientes de 2011, es decir, los que se realizarán en octubre y diciembre, y para los pagos fraccionados a realizar en cada uno de los años 2012 y 2013, las sociedades con cifra de negocios entre veinte y sesenta millones de euros aplicarán en sus pagos fraccionados un tipo del 24 por 100 y las sociedades con, al menos, sesenta millones de cifra de negocios un tipo del 27 por 100.

2. Se establecen límites  a la compensación de bases imponibles negativas.

En 2011, 2012 y 2013 las grandes empresas cuya cifra de negocios sea de al menos veinte millones e inferior a sesenta millones de euros solo podrán aplicar el 75 por 100 de las bases imponibles negativas que tengan pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores, porcentaje que se verá reducido al 50 por 100 cuando se trate de sociedades cuya cifra de negocios sea, al menos, de sesenta millones de euros.

3. Se amplía el plazo máximo de compensación de las bases negativas procedentes de ejercicios anteriores de 15 a 18 años, para asegurar la compensación futura de las bases.Esta medida beneficiará por igual a todo tipo de entidades, incluidas las Empresas de Reducida Dimensión, aunque no se vean afectadas por las limitaciones a la compensación aplicables en 2011, 2012 y 2013 a las muy grandes empresas.

4. Se reduce el IVA en la compra de viviendas nuevas hasta el 4%.

Desde el 20 de agosto y exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011, las entregas de inmuebles destinados a vivienda nueva se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4% en lugar del 8% habitual en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) tal y como aprobó el gobierno mediante el Real Decreto-Ley 9/2011 de 19 de agosto.

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