Con efectos desde el 1 de enero de 2015, se ha introducido, entre otras, una modificación en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido que hace referencia a la prestación de servicios en los centros escolares.
Con efectos desde el 1 de enero de 2015, se ha introducido, entre otras, una modificación en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido que hace referencia a la prestación de servicios en los centros escolares.
Estarán exentos de IVA los servicios de atención a niños en el centro docente prestados en tiempo interlectivo, tanto durante el comedor escolar como en servicio de guardería fuera del horario escolar, equiparando el tratamiento en el Impuesto de estos servicios prestados por el centro docente, con independencia de que se realice con medios propios o ajenos.