Fichar en el trabajo – Todo lo que debes saber sobre la nueva normativa

Fichar en el trabajo

Fichar en el trabajo. Todo lo que debes saber sobre la nueva normativa

 

⏱ Fichar en el trabajo. Todo lo que debes saber

 

A partir del próximo 12 de mayo todos los trabajadores estarán obligados a fichar al entrar y al salir del trabajo. Todos son todos. Desde el director general hasta el último trabajador de la compañía. Esto viene dado por la obligación que tendrán todas las empresas de llevar un registro diario de la jornada de TODOS los trabajadores.

Esta obligación ya existe para los trabajadores con contrato a tiempo parcial y a partir del 12 de mayo también lo será por los trabajadores a jornada completa. La finalidad de este registro será el control del cumplimiento de la jornada efectivamente pactada en los contratos de trabajo.

Tendrá una doble vertiente:

  • Facilidad para el trabajador de reclamar el cobro de horas extraordinarias.
  • Facilidad de controlar por parte de la Inspección de Trabajo la realización de estas horas extras. 

Este registro podrá ser electrónico o manual.

  • Electrónico como es el típico control de entrada al trabajo mediante una tarjeta un código o la huella dactilar o también a través de alguna aplicación informática.
  • También puede ser manual, a través de una hoja donde el trabajador diariamente deberá anotar la hora que entra y la hora que sale y firmarlo.

Este registro deberá estar a disposición de los trabajadores y en todo caso de la Inspección de Trabajo si nos lo pide. Además en el caso de que se realicen horas extraordinarias se deberá entregar un resumen al trabajador. En el caso de trabajadores a tiempo parcial en todo caso siempre se debe entregar un resumen a los trabajadores.

El no cumplir con el Registro será motivo de sanción. Se considera un infracción grave y la sanción puede llegar hasta los 6.250 euros.

¿Cómo implementar la obligación de fichar en el Trabajo?

Se puede llevar un registro horario digital o bien un registro horario manual. Las dos modalidades son igualmenet contempladas por la ley. En función del tipo de empresa y la capacidad o necesidad de adoptar medios digitales recomendamos la implementación de un método u otro.


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