Como tributa el rescate de un plan de pensiones

rescate de un plan de pensiones

La tributación en el IRPF en el rescate de un plan de pensiones

La tributación en el rescate de un plan de pensiones ha sido modificada varias veces en el últimos años. Os queremos explicar a continuación como tributa el rescate del plan de pensiones en el impuesto sobre la renta.

En primer lugar, tenemos que decir que el importe que se cobra de un plan de pensiones es, desde el punto de vista del impuesto sobre la renta, rendimiento de trabajo.

Si el importe que se cobra se hace en forma de renta, vitalicia o temporal, la cantidad cobrada cada ejercicio tributará íntegramente como rendimiento del trabajo, y por lo tanto, se sumará al resto de rendimientos del trabajo del ejercicio, ya sea porque hemos estado trabajando o porque se ha cobrado una pensión de jubilación.

Si el importe se cobra en forma de capital, es decir, un importe único por la totalidad del dinero ahorrado a lo largo de los años, se integrará también como rendimiento de trabajo al impuesto sobre la renta. En este caso, y para aquellas cantidades que provengan de aportaciones hechas antes del 31 de diciembre de 2006, tendrán una reducción del 40%, y por lo tanto, sólo se integrará en la base imponible el 60% del importe cobrado.

La última modificación de la ley de renta, introduce nuevas limitaciones temporales en esta reducción:

– Si todavía no hemos llegado a la edad de jubilación, tenemos 2 años para cobrar el importe en forma de capital desde el momento que se produzca.
– Si nuestra edad de jubilación se produjo entre el 2011 y el 2014, tenemos 8 años desde el momento de la jubilación para poder cobrar en forma de capital y aplicar la reducción del 40%.
– Si nuestra edad de jubilación fue en el 2010 o anterior, tenemos hasta el 31 de diciembre de 2018 para poder rescatar el plan de pensiones y disfrutar de la reducción del 40%.

Cabe destacar que si tenemos más de un plan de pensiones en entidades diferentes, la reducción se aplica sobre la totalidad del importe cobrado en forma de capital en un solo año.

Conclusión; Si tenemos que rescatar un plan de pensiones, y tenemos aportaciones hechas antes del 31 de diciembre del 2006, tenemos derecho a una reducción del 40% en el importe que tributará en la declaración de renta, pero dentro de un periodo limitado de tiempo desde la edad de jubilación.


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