Cambio de bases de cotización de los autónomos 2016

El régimen de autónomos permite modificar un máximo de dos veces el año las bases de cotización. Los periodos para solicitarlo son hasta el 30 de abril para que el cambio tenga efectos el 1 de julio y el 31 de octubre para que el cambio tenga efectos el 1 de enero.

El régimen de autónomos permite modificar un máximo de dos veces el año las bases de cotización. Los periodos para solicitarlo son hasta el 30 de abril para que el cambio tenga efectos el 1 de julio y el 31 de octubre para que el cambio tenga efectos el 1 de enero.

Para el año 2016 la base mínima de cotización es de 893,10 y la base máxima es de 3.642,00 euros mensuales. No obstante, existen unos límites en estas variaciones en función de la edad del trabajador.

Cómo decíamos, para que la modificación de bases tenga efectos a 1 de enero, los trabajadores afiliados al Regimos Especial de Trabajadores Autónomos, que quieran modificar sus bases de cotización lo tendrán que comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de octubre.

Nuestros clientes que estén interesados deberán comunicarnos su intención de realizar la modificación de bases antes del día 28 de octubre.

 

Subscríbete a nuestra Newsletter para estar al corriente sobre la nueva normativa