¿Eres Instagramer y tienes ingresos por esta actividad? No importa el sector al que te dediques: ya sea moda, belleza, deportes o gastronomía entre otros, en el momento en el que empieces a colaborar con marcas y te paguen por la publicidad que haces de sus productos o servicios tienes que responder a unas obligaciones fiscales y declarar estos ingresos. Pero, ¿sabes qué impuestos para Instagramers debes pagar y qué cantidad debes declarar a hacienda?
¿Qué obligaciones fiscales conlleva ser Instagramer?
- En primer lugar, debes darte de alta como autónomo en la seguridad social y pagar tu cotización todos los meses. En este sentido si no te has dado de alta con anterioridad es posible que te puedas atender a la tarifa plana reducida. Para ello consulta con tu gestor.
- De forma paralela, te corresponde comunicar a hacienda el inicio de actividad desde el primer momento en que obtengas ingresos a través de colaboraciones en Instagram.
¿Qué tienes que tener en cuenta en la factura que te pagan las empresas con las que colaboras?
- La Base imponible.
- El 21% de IVA, que tendrás que ingresar trimestralmente a hacienda.
- La retención. En tu caso, como Instagramer tienes una retención de tipo especial del 24% por derechos de imagen
- El Total factura.
¿Cómo tributa una factura de 1.000€?
Si con un cliente has pactado una retribución de 1.000€, esta no es toda la cantidad que ingresarás. A esta suma, se le debe aplicar lo siguiente:
- + 21% de IVA sobre la retribución pactada. El cliente te pagará 210€ más que deberás ingresar a hacienda trimestralmente.
- -- 24% de retención. El cliente te pagará 240€ menos por derechos de imagen.
- Total factura. El beneficio neto que ingresarás por esta colaboración será de 970€ después de realizar los cálculos correspondientes.
Ahora ya sabes los impuestos para Instagramers y obligaciones que tienes que pagar trimestralmente como Instagramer. Esperamos haberte sido de ayuda y que te hayas familiarizado con las obligaciones fiscales que te corresponden como nuevo autónomo.