Puede la empresa cambiar las condiciones de trabajo de un trabajador?

cambiar las condiciones de trabajo

Cómo cambiar las condiciones de trabajo de un trabajador

La dirección de la empresa puede decidir modificar las condiciones de trabajo del trabajador cuando pueda acreditar que hay probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Delimitar si esta modificación tiene o no carácter sustancial tiene gran relevancia al ser diferente el régimen jurídico al que se someten. El empresario puede imponer libremente las modificaciones que no tengan carácter sustancial, sin necesidad de justificación ni de formalidad. Sin embargo, no siempre resulta sencillo determinar si una modificación tiene el carácter de sustancial o no.

Cuando esta modificación tiene el carácter de sustancial debe cumplir con una serie de requisitos establecidos por la ley.

El Estatuto de los Trabajadores determina que tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo las que afectan a;

  • La jornada de trabajo,
  • El horario,
  • El régimen de trabajo a turnos,
  • El sistema de remuneración y cuantía salarial,
  • El sistema de trabajo y rendimiento,
  • El cambio de funciones cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores.

La decisión de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de un trabajador deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado ya sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.

Si el trabajador resulta perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses. Sin perjuicio de la ejecutividad de la modificación en el plazo de efectividad mencionado, el trabajador que no habiendo optado por la rescisión de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.


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