El salario por trabajos desarrollados en el extranjero están exentos en el IRPF.
El artículo 7 en su letra p) de la Ley del IRPF regula la exención de los rendimientos de trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero. En el artículo 9 A 3b 4º se regula la exención del complemento por destino internacional.