La inversión del sujeto pasivo para móviles, tablets, portátiles y consolas

inversió del subjecte passiu per mòbils

Hacienda ha puesto el foco sobre los revendedores y particulares que se dedican a la compraventa de productos de segunda mano mediante la inversión del sujeto pasivo para móviles, tablets y consolas. Nos explicamos.

Concretamente la Ley de IVA establece la “regla de inversión del sujeto pasivo” en la entrega de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tablets digitales, cuándo;

  • El destinatario sea un empresario revendedor o
  • El importe de la operación exceda de 10.000 euros (IVA excluido).

Los destinatarios de las operaciones, en su caso, tendrán que comunicar expresamente y fehacientemente al empresario o profesional que realice la entrega, las siguientes circunstancias:

  1. Que están actuando, en cuanto a estas operaciones, en su condición de empresarios o profesionales.
  2. Que están actuando, en cuanto a estas operaciones, en su condición de revendedores, lo cual tendrán que acreditar mediante la aportación de un certificado específico emitido a estos efectos a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Se considerará revendedor al empresario o profesional que se dedique con habitualidad a la reventa de los bienes adquiridos a que se refieren estas operaciones.

El empresario o profesional revendedor tendrá que comunicar al órgano competente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria su condición de revendedor mediante la presentación de la correspondiente declaración censal al tiempo de comienzo de la actividad, o bien durante el mes de noviembre anterior al año natural en el cual tenga que producir efectos.

La comunicación se entenderá prorrogada para los años siguientes en tanto no se produzca la pérdida de esta condición, que deberá, asimismo ser comunicada a la Administración Tributaria mediante la oportuna declaración censal de modificación.

El empresario o profesional revendedor podrá obtener un certificado a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que tendrá validez durante el año natural correspondiente a la fecha de su expedición.


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