Incremento de las actuaciones de la inspección de trabajo

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Según ha manifestado el Ministro de Trabajo, a partir del 31 de julio se incrementará la plantilla de la Inspección de Trabajo en un 10% y en consecuencia también se aumentaran las actuaciones de la Inspección.

Este aumento se incardina dentro del proceso iniciado por el Ministerio de Trabajo contra el fraude laboral por el cual desde el pasado día 7 de mayo se ha abierto un período de regularización para aquellas empresas que tengan contratados a trabajadores sin estar dados de alta en la Seguridad Social. Este periodo finaliza el 31 de julio y es a partir de dicha fecha cuando se incrementaran las inspecciones. (Ver nuestro artículo: Amnistía laboral para la economía sumergida).

Estas inspecciones, evidentemente,  no se dirigirán exclusivamente a luchar contra la contratación irregular, sino que una vez iniciada la actuación inspectora el objetivo del inspector será revisar la adecuación global de la empresa a la normativa laboral. Esto significa que además de comprobar la correspondiente alta de todo el personal en la Seguridad Social, la labor inspectora no se detendrá ahí y comprobará, en otros, la temporalidad de la contratación de la empresa, los contratos bonificados, la correcta aplicación de los salarios establecidos en el convenio colectivo (incluidas las diferencias de convenio),  el pago de conceptos extrasalariales como dietas, gastos de transporte y locomoción, etc. Tampoco debe olvidarse el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Ello supone que todas las empresas, tanto las  “legales” como las sumergidas van a sufrir un incremento de las inspecciones y como consecuencia del RDL 5/2011 un incremento del importe de las sanciones, lo que les obliga a todas ellas a una mayor rigurosidad en el cumplimiento de la legislación laboral.

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