Se reforzará la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales

El gobierno ha presentado el anteproyecto de ley de reforma de la inspección de trabajo y seguridad social, el cual tiene como objetivo reforzar la inspección y dotarla de mejores medios para luchar contra el fraude.

Uno de los aspectos más relevante y que más incidencia puede tener en las actuaciones inspectoras, es la creación de una escalera de subinspectores especializados en seguridad y salud, lo cual comportará el incremento de las actuaciones de vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

El artículo 23 de la Ley 31/1995 obliga al empresario a elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral o sanitaria un plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, la planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar, la documentación justificativa de la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores, y la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidad laboral.

Las responsabilidades que se pueden exigir a un empresario para no cumplir con la normativa de prevención de riesgos, pueden dar lugar a sanciones administrativas, pero también a responsabilidades penales y civiles por los daños y perjuicios que se pueden derivar. Además la responsabilidad puede traducirse en el pago de un recargo en las prestaciones de la Seguridad Social que se meriten en favor del trabajador.

Las infracciones administrativas en materia de prevención de riesgos laborales están establecidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en la Orden Social (LISOS), y son las siguientes:

Leves

  • Grado mínimo multa de 40 a 405 euros
  • Grau medio multa de 406 a 815 euros
  • Grau máximo de 816 a 2.045 euros

Graves

  • Grado mínimo de 2.046 a 8.195 euros
  • Grau medio de 8.196 a 20.490 euros
  • Grau máximo de 20.491 a 40.985 euros

Muy graves

  • Grado mínimo de 40.986 a 163.955 euros
  • Grau medio de 163.956 a 409.890 euros
  • Grau máximo de 409.891 a 819.780 euros.

Por ejemplo, no tener realizado un plan de prevención es una infracción grave que puede comportar multas hasta 40.985 euros, y no observar las medidas de protección a las trabajadoras durante los periodos de embarazo o lactancia es una infracción muy grave, que podrían comportar multas que van de los 40.986 euros hasta los 819.780 euros.

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